En base a los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN REIVINDICATORIA interpuesta por ciudadano MARCIAL EDUARDO OJEDA COLMENAREZ contra el ciudadano JEAN CARLOS YANEZ OJEDA (identificados en el encabezamiento del fallo). En consecuencia, se ordena al demandado la entrega de los 137,00 mts2 que ocupa del inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicada en la calle 12, esquina de la carrera 24, entre carreras 24 y 25, jurisdicción de la parroquia catedral, municipio Iribarren del estado Lara, distinguida con el código catastral Nº 110-2512-023, la cual tiene una superficie de Ciento Sesenta Metros Cuadrados con Noventa Decímetros Cuadrados (160,90 M2), y está comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte: en l.....