/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA POR IMPROCEDENTE al penado: ISRAEL JOSÉ LEAL YÉPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.033.347, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 30-10-1985, de 25 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación comerciante, residenciado en Barrio José Gregorio Hernández segunda etapa calle 9 vereda 21 casa S/N de color morada con rejas blancas de esta Ciudad, del Código Pena la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de REGIMEN ABIERTO se niega por no cumplir con la fecha que se establece en dicha decisión; por lo que puede optar a la fórmula alternativa de cumplimiento de pena a partir del 30/09/2011 y por presentar INFORME TECNICO DESFAVORABLE.-
Todo de conformidad a lo establecido en los artículos 500 y sig.....