PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO de la presente acción, por cuanto el asunto principal signado con la nomenclatura KP12-V-2022-000157 se encuentra terminado, por sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara declaró INADMISIBLE la demanda de prescripción adquisitiva.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al Libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.