Por todas la consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACIÓN, con efectos de cosa juzgada, al acuerdo celebrado entre las partes en la presente causa, interpuesta por la ciudadana: CARMEN LUCILA PLAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.916.728. contra la empresa PUBLICIDAD VEPACO, C.A. , ambas partes plenamente identificados en autos, y en consecuencia, ordena el archivo del presente expediente.