DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional administrando Justicia en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: De oficio, se anula el oficio N° 201/2022, de fecha 06 de mayo del corriente año, emitido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, y todas las actuaciones subsiguientes. Se repone la causa al estado que el referido a quo saque copia del expediente de la presente causa, lo certifique y remita la misma a la URDD Civil, a los fines de nueva distribución de la incidencia entre los Juzgados Superiores Civiles, Mercantiles y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa en virtud de la naturaleza jurídica de la decisión de a.....