DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del procedimiento especial contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA a JHONATHAN SALOMON MONTES, por ser culpables de los hechos que le imputara la representante del Ministerio Público y que voluntariamente admitiera a través de su declaración, en perjuicio del Estado Venezolano, los cuales configuran los delitos de VIOLACIÓN, VIOLACIÓN AGRAVADA y LESIONES DE MEDIANA GRAVEDAD, previstos y sancionados en los artículos 374, 374 numeral 2 y 413 del Código Penal vigente para el momento de los hechos; se le impone la pena de VEINTE (20) AÑOS, UN (01) MES, VEINTISEIS (26) DIAS Y SEIS (06) HORAS DE PRISION, asimismo se le imponen las sanciones accesorias contempladas en el artículo 16 del Código P.....