El Tribunal Segundo en Funciones de Control de la Sección Penal de Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, FP01-S-2004-2972, seguida a los adolescentes: xxxx y xxxx , conforme a lo establecido en el Art. 561 literal “D” de la Ley Orgánica en mención, en concordancia con el artículo 318 numeral 4to del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la mencionada Ley Orgánica. Cumpliendo con lo establecido en el Art. 555 ejusdem. Se dejan sin efectos las medidas Cautelares a que estuviera impuesto el adolescente. Notifíquese a las partes, publíquese, regístrese y remítase las actuaciones al Tribunal de Ejecución en su oportunidad.