DECISION
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Alejandro Guillen Lozada y Omar Díaz Aponte contra el auto de fecha 16 de septiembre de 2.009, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.