Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal considerando que el Juez tiene la obligación de verificar la procedencia de la acción escogida por el demandante antes de darle curso a la misma, y observando claramente que la presente demanda se encuentra dentro del supuesto de inadmisibilidad por ser "CONTRARIA A DERECHO", por lo que, forzosamente debe este Despacho declarar improcedente la admisión de la presente demanda, y así se declara.
En consecuencia, con fundamento en las normas invocadas y en la sentencia parcialmente transcrita, vinculante para todos los Tribunales de la República, a la luz del artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente demanda por Resolución de contrato de Arrendamiento que intenta .....