Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano MAIKER ALEXANDER PUCHETE MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.137.727, debidamente asistido por los ciudadanos VIVECKA AFRICANO y CARLOS CORONEL, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 249.466 y Nº 261.541, en contra de la ciudadana SURELIS KARINA LUNA CALZADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.534.264; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el 25/02/2006, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre, Parroquia la Dolorita del Estado Miranda, Acta de Matrimonio anotada baj.....