Se acuerda la revocatoria de la Formula Alternativa de cumplimiento de la Pena, es decir, Régimen Abierto, de conformidad con el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable, en virtud del incumplimiento de la pena, por tanto, se acuerda el reingreso al Internado Judicial del Estado Carabobo, "Tocuyito", del ciudadano YOHAN ALBERTO ABREÚ TIMAURE,