DECISIÓN
Este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara la responsabilidad penal del joven IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, y sancionado en la L.O.P.N.N.A. En consecuencia se le impone como sanción REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de un (01) año. Las reglas de conducta son: Mantenerse en un lugar determinado, cualquier cambio de dirección deberá notificarlo al tribunal, no portar armas de fuego ni armas blancas, estudiar o trabajar y deberá presentar constancias, no incurrir en nuevos hechos delictivos en los cuales se vea comprometida su responsabilidad. En cuanto a la Libertad Asistida, la misma deberá ser cumplida con la supervisión del Equipo Multidisciplinario adscrito a esta seccion especial. Remítase al Tribunal de ejecución en su oportunidad. .....