CONDENA al ciudadano SARGENTO TÉCNICO DE PRIMERA MAURICIO OSWALDO DEL CARMEN ROMERO CORONADO, plenamente identificado al inicio de esta decisión, por la comisión del delito de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, en relación con el ordinal 5º del artículo 399 ejusdem; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley establecidas en el articulo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar, como lo son: 1) Inhabilitación política por el tiempo de la pena; 2) Separación del servicio activo; 3) Perdida del derecho a premio; 4) Perdida de armas objetos e instrumentos con que se cometió el delito. Así se decide.
Queda de esta forma corregida y modificada la pena aplicada en la sentencia dictada por el Consejo de Guerra de Maracay, en fecha veintiocho de julio de dos mil ocho.