Se dicto SENTENCIA INTERLOCUTORIA, donde se acuerda DECRETAR MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA solicitada por los abogados Ángel Celestino Colmenares Rodríguez y Lenin José Colmenarez Leal, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Franco Stumpo y Cía. S.A., parte querellante en la acción de amparo constitucional incoada contra el auto de fecha 26 de abril de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el asunto signado con el Nº KH03-X-2016-000001, relativo al cuaderno separado de medidas, surgido en el juicio de resolución de contrato e indemnización de daños y perjuicios, contra la sociedad mercantil H.G. Nuevo Triangulo, C.A. En consecuencia, se ordena la suspención de la ejecución ordenada por despacho de embargo, que consta en el asunto N° KP02-C-2016-94. Librese oficios.