Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 15 de mayo de 2009, por la abogada Roraima Trias, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 13 de mayo de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por ejecución de hipoteca, incoado por la sociedad mercantil Bolívar Banco, C.A., contra los ciudadanos Alexis Ramón García y Edith Belinda Alvarado Hernández. En consecuencia, se revocó el auto apelado. No hay condenatoria en costas.