Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la ciudadana JANETH MORAIMA CACERES RANGEL en contra de la decisión interlocutoria de fecha 18 de mayo del 2009, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, mediante la cual se negaron las medidas cautelares solicitadas.
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos los efectos jurídicos la sentencia interlocutoria apelada.