Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de Bolivariana de Venezuela y por autoridad se declara IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación de la Sentencia planteada por el abogado GUILLERMO GUZMÁN PEÑA, actuando en su carácter de apoderado judicial los accionantes los ciudadanos NELSON RAFAEL GARCÍA, MARCO ANTONIO GONZÁLEZ y ROGER JOSÉ PADILLA, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.101.945, 18.248.651 y 15.569.883, en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS INDUSTRIALES, MECÁNICOS, ELECTRICOS Y MONTAJES C.A. (SIMEMCA) sobre la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha veintiuno (21) de Julio del año dos mil catorce (2014), mediante la cual resolvió la Apelación interpuesta por la parte demandante.