Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA declarando SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 17-03-2004, por el ciudadano LUCIANO APONTE MONTILLA, parte actora, asistido por la abogada Carla León, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 12-03-2004. En consecuencia, se declaró INADMISIBLE la demanda de Cobro de Bolívares intentada por el ciudadano LUCIANO APONTE MONTILLA, contra la firma mercantil INVERSIONES M.Y.K., C.A., y la ciudadana OLGA SUSANA SEPÚLVEDA RAMÍREZ. Queda CONFIRMADO el auto apelado.No hay condenatoria en COSTAS.