Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto el 12 de Junio de 2006, por el abogado JOSÉ ANGEL BALZÁN PÉREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio principal, contra el auto de fecha 06 de Junio de 2006, dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos sigue la ciudadana KARLA SORAYA LEDEZMA GONZÁLEZ contra INDUSTRIAS PIELES Y AFINES-IPACA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Pro.....