este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara que el Salario que debe tomarse en cuenta para el pago del cincuenta por ciento (50%) de haberes en la Caja de Ahorro, Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Intereses sobre Prestaciones y cualquier otro beneficio acordado por la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA) que le corresponden a la parte actora, es el que imperaba para la fecha en que las partes disolvieron la sociedad conyugal, esto es, el 25 de Enero de 2001, en la pretensión de DIVORCIO propuesta por la ciudadana ZOILINDA COROMOTO RODRIGUEZ, contra el ciudadano CARLOS EDUARDO RIVERO SANOJA, previamente identificados.