Este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, visto que la presente conciliación cumple con los requisitos establecidos en el artículo 19 y 11 del reglamento de la Ley Orgánica del trabajo, Trabajadores y Trabajadoras, declara: PRIMERO: HOMOLOGA el presente convenio y se le otorga carácter de cosa Juzgada. Así mismo de conformidad con lo solicitado por los interesados este Juzgado procederá una vez conste el pago acordado entre las partes, se procederá a dar por terminada la presente causa, con el respectivo archivo del expediente. SEGUNDO: Se da por concluida la presente incidencia, se reapertura la audiencia primigenia de igual forma visto el acuerdo alcanzado entre las partes, da por concluida la audiencia de juicio.