En atención a las consideraciones de hecho y de derecho, anteriormente explanadas, este Tribunal Militar Sexto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud impetrada por el Ministerio Público Militar de decretar la Privación Judicial Privativa de Libertad, y en virtud de que el mismo está alejado del proceso, se acuerda emitir Orden de Aprehensión Judicial del Ciudadano: SARGENTO SEGUNDO WILLIAN ENRIQUE COLOMBO MANZANILLA, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.886.647, a quien el Ministerio Publico Militar investiga por de los Delitos Militares de INSUBORDINACION, previsto y sancionado en el artículo 512 numeral 1, en concordada relación con el articulo 514 y sancionado en el artículo 515 numeral 3, ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 3 y LESIONES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 1 todos del Código Orgánico de Justicia Militar,.....