Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el ciudadano ROSA EDITH MONTILLA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.892.180, debidamente asistida por el abogado en ejercicio, SERGIO GAMUZA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.915, tal como consta en autos y como consecuencia de ello se ordena la rectificación del acta de defunción, la cual corre inserta bajo Nro. 005, del Libro de defunciones, llevado por la Prefectura del Municipio Libertador Jefatura Civil de la Parroquia el Recreo en el año 2.005. En ese sentido, deberá el Registrador Civil indicar en la nota marginal respectiva lo siguiente:.....