DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada DEYCAR KAROLINA RAMIREZ CORZO, en su carácter de Defensora Pública Militar de los Tenientes JUAN JOSÉ CASTILLO ROMERO, MANUEL FERNANDO SULBARAN RONDON y JHUSSE GREGORY RAMIREZ, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, en fecha 02 de septiembre de 2014, mediante el cual, en la audiencia de presentación de imputados, decretó la privación judicial preventiva de libertad del Teniente JUAN JOSÉ CASTILLO ROMERO y la detención domiciliaria del Teniente MANUEL FERNANDO SULBARAN RONDÓN y Teniente JHUSSE GREGORY RAMIREZ, por la presunta comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 del Código Orgánico de Justicia Militar y USO INDEBIDO DE ARMAS DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 573 concatenado con los artículos 389 ordinal 1º y 390 ordinal 1º ejusdem.