DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana ANA MERCEDES AGUILAR SIRA, co-demandada, debidamente asistida por la abogada Endrina Luzardo Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 185.896, en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de mayo de 2016, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA con una motivación distinta la singularizada decisión y en consecuencia, se declara LA CONFESIÓN FICTA de la parte co-demandada ANA MERCEDES AGUILAR SIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.384.443.
SEGUNDO: Se RATIFICA la declaratoria CON LUGAR de la demanda por CUMPLIMIENTO DE .....