Este Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA INADMISIBLE POR CADUCIDAD DE LA ACCION de Nulidad interpuesta por el Instituto de Salud Pública del Estado Bolívar contra la Providencia Administrativa Nº: SS-2011-00031 dictada el Diecinueve de Enero de 2011, por la Inspectora del Trabajo de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en este Tribunal.