Por cuanto no compareció la parte demandante MARCELO ANTONIO VASQUEZ PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro° 13.885.612, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.