Este Tribunal Militar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, oídos como han sido la exposición del Fiscal Militar, los alegatos de la Defensa así como también la declaración del imputado de autos, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Militar y la Defensa de imposición de una medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del ciudadano PN. MÁRQUEZ CALDERA DEIBI ERNESTO, titular de la cédula de identidad Nº V-19.954.783, Ex Plaza del Agrupamiento Logístico "PRADOS DE MARIA", de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal; imponiéndosele en consecuencia, las medidas cautelares sustitutivas contempladas en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que el referido ciudadano deberá cumplir con las siguientes obligaciones: la presentación periódica por ante este Tribunal Militar de Control, cada treinta (30) días, contados a partir de la presente fecha, Jue.....