PRIMERO: CON LUGAR, la regulación de competencia, interpuesta contra la decisión de declinatoria de competencia dictada en fecha 19 de marzo del corriente año dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de esta Circunscripción Judicial, interpuesta por el abogado Orlando Vivas, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 143.807, en su carácter de apoderado judicial del accionante LUCAS FRANCISCO COLMENÁREZ ROJAS, ya identificado en autos.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se revoca la decisión de fecha 19 de marzo del año en curso.
TERCERO: Se declara competente para conocer la causa al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de esta Circunscripción Judicial.
CUARTO: No hay condenatoria en costas del presente recurso en virtud de la naturaleza jurídica de la decisión de autos.