DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE la revisión y sustitución de la medida incoada en contra del Ciudadano COLMAN ALEXANDER MENDOZA DURAN, titular de la Cédula de Identidad Nº DATOS OMITIDOS, y acuerda Mantener la misma con todos sus efectos, a tenor de lo dispuesto en los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, como presunto autor del delito de DISTRIBUCIÒN ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 en su 2º aparte, en concordancia con el Art. 163 Ord. 7º de la Ley Orgánica de Droga, LESIONES INTENCIONALES PERSONALES, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, OCULTAMINETO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Art. 416 en concordancia con el Art. 420, Art. 218 de.....