Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se acordó la reposición de la causa al estado de que se practique la citación personal de los codemandados, ciudadanos ORLANDO ANTONIO GARCIA LUCINCHI, ORLANDO ALBERTO GARCIA LUCINCHI, INDIRA BEATRIZ GARCIA DE AGUILAR y MAYKER JOSE GUEDEZ, por cuanto transcurrió más de sesenta (60) días entre una y otra citación de conformidad con lo previsto en el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil.-