D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones expuestas, éste Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA SOLICITUD DE ACUMULACION, presentada por el Abog. LEONARDO MENDOZA, , en su condición de DEFENSOR PRIVADO, ciudadano: CARLOS SIEVERES BUITRIAGO, por ser considera que la misma es IMPROCEDENTE. En consecuencia, se NIEGA LA ACUMULACION DE LA PRESENTE CAUSA a la ASUNTO Nº KP01-2011-6408, en esta FASE. Particípese lo conducente al Director del Internado Judicial de Tocuyito, y remítase copia de la presente decisión. Notifíquese al imputado, a la Defensa y a al Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Estado Lara.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto, a los once (11) días del mes de Abril del 2012. Años 201º de la Independencia y 153º de la Federación. Regístrese y Pu.....