El Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, intentada por el ciudadano THELMO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-912.932, y de este domicilio, en contra del ciudadano GUISEPPE GIORDANI PORTINCASA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-534.154, y de este domicilio y se condena a este último a entregarle al primero totalmente libre de personas y cosas el inmueble ubicado en la Avenida 14 de Febrero entre Calles Bolívar y Lara de esta ciudad de Carora. Se condena en Costas Procesales a la parte demandada por haber sido totalmente vencida en la presente causa. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente sentencia y archívese