Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la pretensión  intentada por   la  ciudadana   CARMEN  ALECIA  MARTUS SIRA,  representada  por  sus  apoderados  judiciales:  Abg.  MIRIAM  ROJAS  ALVARADO  y  LIGIA  GALLARDO  ARRIECHE,  contra  la  ciudadana  BELKIS  FRANCO  DE  COLOMBO, representada  por  su  apoderado  judicial    Abg.  RUMUALDO RAFAEL  VARGAS PACHECO, todos  identificados en autos. -----------------------
	Se condena a la parte ACTORA  al pago de costos y costas por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo previsto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-----------------------------------------------------
	Regístrese y publíquese.----------------------------------------------------------
	Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL .....