DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación intentada por la abogada Ana Elisa Guédez Pèrez en contra de la sentencia interlocutoria dictada en fecha 08/07/2010 por el Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara mediante la cual declaró INADMISIBLE la demanda interpuesta por los ciudadanos José Genaro Sánchez Sánchez y Uvencia Pastora Sánchez de Sánchez.
Queda así CONFIRMADA la sentencia interlocutoria.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.