Ahora bien, revisados los términos en que la solicitante finca su requerimiento, y de una lectura concordada de su texto se puede colegir sin vacilaciones que todos los argumentos sentenciales se encuentran claramente explanados y una vez pronunciado este Juzgador sobre cada punto establecido en el escrito de fecha 23 de septiembre de 2011, la aclaratoria solicitada resulta IMPROCEDENTE. Así se decide.