La representación judicial de la parte demandada la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA CHIQUINQUIRA, C.A, se comprometió en este mismo acto a realizar el pago propuesto a través de-cheque-distinguido-con-el-Nº 00001370, por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (100.000,00Bs), girado en contra de la Entidad Bancaria BANCO PROVINCIAL, emitido por la representación judicial de la parte demandada plenamente identificada a los autos (no endosable), a nombre de la parte actora; la parte demandante y su representación judicial ya identificadas en autos, con plenas facultades expresas en instrumento poder acepta en todas y cada una de sus partes la oferta de pago propuesta por la parte demandada recurrente, así como las condiciones y términos de pago que han quedado expresados, y asimismo, ambas partes supra identificadas solicitan al Tribunal la homologación del presente acuerdo transaccional. En este estado, este Tribunal Superior Tercero (3º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado.....