DECISION:
En merito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y a tenor de lo previsto en los artículos 365 y 511 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: CON LUGAR la demanda de solicitud de Pensión de Alimentos intentada por la ciudadana: YENNY ISABEL MUJICA, en contra del ciudadano JOSÉ LUIS NAVAS, ampliamente identificados en los autos, en beneficio de su hijo: JOSÉ LUIS NAVAS MUJICA, en consecuencia fija la Pensión de Alimentos en la cantidad CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.150.000,oo), MENSUALES la cual se hará efectiva a razón de SETENTA y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 75.000,00) quincenales, tomando en cuenta lo establecido en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en cuanto a su ajuste en forma automática y proporcional, sobre la base de la necesidad y e.....