este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con primer aparte de los artículos 75 y 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 26, 27 y 397 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y, Declara SIN LUGAR, la Colocación Familiar, incoada por los ciudadana AUTRERA DEL CARMEN QUERALES SEQUERA en beneficio de los niñas, niños y adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES), y en contra de los ciudadanos MILAGROS YOLANDA MENDOZA y CARLOS ALBERTO GARCIA,