Al folio diez (10) riela el acuerdo suscrito entre los ciudadanos Maria José González Rojas y Wilmer Rafael Miquelena Torrealba, plenamente identificados, dicho acuerdo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su homologación. Conforme a dicho acuerdo se fija el régimen de visitas de la siguiente manera: el padre podrá ir a la casa de la madre de la niña a cualquier hora a excepción de las horas nocturnas y la madre facilitarà para que el ciudadano Wilmer Rafael Miquelena Torrealba pueda llevarse a su hija a la casa de sus padres, regresándola temprano, a más tardar a las siete de la noche (07:00 p.m.).
Regístrese y publíquese.