CAPITULO IV
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentes, el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: de oficio CONSUMADA LA PERENCIÓN, y, en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, contentivo del juicio por incumplimiento de contrato, incoada por el ciudadano Armando Celestino Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.902.040, en contra del ciudadano David Noel Gómez Barreto, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.529.026.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, conforme al artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la parte actora, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimient.....