DECISION
En razón de las argumentaciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición planteada por la abogada Dolores María Malavé Blanco, en su condición de Juez Provisoria del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara con sede en Carora.
SEGUNDO: Remítase copia fotostática certificada de la presente decisión a la Juez inhibida.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión y remítase el presente cuaderno al tribunal que le correspondió conocer de la presente causa.