DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por por los Abogados Blanca Perla Gutierrez Peña I.P.S.A. N° 92.442, Luis Alirio Lecuna Camacho I.P.S.A. N° 185.718, Josefina Cheng I.P.S.A Nº 226.599, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano ZHENG CHOAPIN, contra la decisión dictada en fecha 12 de Noviembre de 2015, Fundamentada en Fecha 12 de Noviembre de 2015, por parte del Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con Sede Territorial en el Municipio Moran, mediante la cual decretó la aprehension en flagrancia del imputado CHOAPIN ZHENG, titular de la cedula de identidad Nº E- 82.296.850.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la d.....