Por  las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de  Ejecución Nro.2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención a lo dispuesto  en el artículo 103, único aparte del Código Penal Venezolano, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA, por muerte del penado: DIRCIO GERARDO FERNANDEZ ARRIECHI C.I. Nro. 16.601.437 Notifíquese de la decisión al Consejo Nacional Electoral, sede en esta ciudad de Barquisimeto del Estado Lara, señalando los datos identificativos de la copia del certificado de defunción, al  Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público, del Estado Lara, a las partes y  familiares del  penado, al Centro de tratamiento Comunitario" Dra. Nilda Lucrecia Hernández", acompáñese la notificación con la respectiva copia de la presente decisión, y, una vez quede definitivamente firme, remítase la totalidad del asunto al Archivo Judicial a los fines de su guarda y custodia.
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