´´Dispositiva
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el convenimiento presentado en el juicio por reconocimiento de contenido y firma incoada por la ciudadana Michelle Eugenia Camacho Ronny, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 27.308.588 en contra de los ciudadanos José Francisco Bastardo Bastidas y José Cupertino Bastardo Bastidas, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V- 10.394178 y V- 12.653.859, en ese orden, en consecuencia SE DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA el instrumento privado de compra venta de fecha 22-12-2024, que se acom.....