DECLARA SIN LUGAR el Recuso de Apelación interpuesto por el Abg. Pedro Troconis en su condición de Defensor Privado del ciudadano Domingo Gerardo Escalante Zambrano, contra la decisión proferida en fecha 27 de Octubre de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual Niega la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Autorización para Trabajar fuera del Establecimiento Penal a su defendido, por no cumplir con el requisito establecido en el ordinal 3º del articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.