Por las razones antes expuestas, esta Corte Marcial actuando como Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Militar con Competencia Nacional, con sede en Caracas, Distrito Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Sexto de Control con sede en Valencia, estado Carabobo, en fecha 07 de septiembre de 2015 y publicada el 09 de septiembre de 2015, mediante la cual se decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano Primer Teniente LUIS ENRIQUE REINA BOLIVAR, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los Delitos Militares de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 último aparte, INSUBORDINACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 512 ordinal 2° y 515 ordinal 3° y VILIPENDIO, previsto en el artículo 506, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, fundame.....