DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Defensora Pública Segunda Abg. ALMARINA FERRER, en contra la decisión dictada en fecha 08 de Julio del 2014 y fundamentada en fecha 28 de Julio de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto la Medida De Privación Judicial Preventiva De Libertad en contra del ciudadano VICTOR REINALDO PEDEMONTE GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº.18.656.136, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Y artículo 77 ordinales 1º, 5º y 11º del Código Penal en concordancia con el artículo.....