DISPOSITIVA
		Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  administrando Justicia, en nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE  la pretensión,  intentada por  la ciudadana:  Trina Milagro Angulo Calanche, representada  por  el abg. Carlos Rodríguez Dorante, contra  la  ciudadana Hilda Rosa Rangel  Alvarez, representada  por los  Abg. Lenin José Colmenarez Leal y Alcides Manuel   Escalona Medina, todos  identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, queda resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, sobre el inmueble tipo casa, distinguida con el N° 17-53, ubicada en la calle 34 entre carreras 17 y 18, Barquisimeto, Estado Lara, se ordena entregarlo totalmente libre de personas y cosas, solvente en el pago de los servicios; se le condena al pago de la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs.1.640.000,oo), por concepto de la falta de pago de.....