Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, al penado: CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, titular de la cédula de identidad No. 15.918.986, por el lapso de UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES, DIECISIETE (17) DÍAS y DOCE (12) HORAS, hasta el 13 de Enero de 2008 a las 12:00 m, (13/01/2008), fecha en que cumple su condena. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479 numeral 1, 501 y 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en concordancia con el artículo 69 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Régimen Penitenciario y los artículos 7, 19, 24 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación y remítase c.....